Por Sin Reservas
El Tribunal Superior Electoral (TSE) falló a favor del recurso interpuesto por el pre-candidato a la alcaldía por el Distrito Nacional, doctor Rafael Suberví Bonilla contra el Partido Revolucionario Moderno (PRM) para que se reconozca su escogencia como candidato.
El TSE hace constar en el dictamen que acogió en cuanto al fondo la acción de amparo incoada por el dirigente Fello Suberví, bajo el argumento de que el tribunal “comprobó la violación al derecho fundamental de elegir y ser elegible del accionante”.
El TSE basó sus argumentos en el derecho de ser elegible que prevé el artículo 22 de la Constitución de la República, así mismo el organismo dice que «la escogencia de Suberví Bonilla como candidato a la Alcaldía del Distrito Nacional por el PRM fue realizada conforme a lo previsto en los estatutos del indicado partido, según el párrafo IV del artículo 54, párrafo II del artículo 55 y el artículo 103”.
El Tribunal ordena al Partido Revolucionario Moderno continuar con el procedimiento establecido en sus estatutos para tales fines.