Por Sin Reservas La Junta Central Electoral (JCE) informo a través de un comunicado que el artículo 42 de la ley 275-97, que establece que las solicitudes de reconocimiento de las agrupaciones o partidos políticos deben ser sometidas a la Junta Central Electoral, a más tardar, ocho (8) meses antes de la fecha de celebración de la próxima elección ordinaria, así como en el mismo plazo las agrupaciones independientes deben hacer a la Junta Central Electoral…
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noviembre 02, 2024
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