Por Sin Reservas
El proyecto ya fue conocido en el Senado, y organizaciones como GAIA internacional expresan su preocupación de que esas enmiendas sean aprobadas también en la Cámara de Diputados
La Comisión Ambiental de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), la Alianza Global para Alternativas a la Incineración (GAIA), y otras 17 organizaciones defensoras de los recursos naturales y los derechos ambientales expresaron su objeción a las modificaciones aprobadas por el Senado a la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos; y al mismo tiempo plantearon la prohibición inmediata de plásticos de un solo uso.
Por medio de una carta depositada en la Cámara de Diputados, donde actualmente se encuentra el proyecto, las organizaciones firmantes proponen impulsar una modificación en la cual se tome en cuenta el establecimiento de un plazo razonable, de no más de dos años, para prohibir la producción y comercialización de poliestireno expandido (foam), solvetes de plásticos, y todos los artículos plásticos denominados de un solo uso.
El coordinador de la Red de Estudios y Empoderamiento Afrodescendiente (Redafro), Darío Solano, al entregar la carta a los diputados José Horacio Rodríguez Grullón y Pedro Antonio Martínez Moronta, expuso que los plásticos biodegradables no propician un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
«Al contrario de lo que se cree, los plásticos biodegradables en realidad contienen las mismas sustancias tóxicas que los plásticos convencionales (se calculan alrededor de 3,000 sustancias tóxicas existentes en los plásticos convencionales), pero además contienen sustancias que hacen que se transformen en microplásticos más rápidamente, liberando todo su contenido tóxico al ambiente de manera más rápida que los plásticos convencionales», agregó.
Al recibir la carta, los citados diputados, que pertenecen a la Comisión de Medioambiente de la Cámara de Diputados se comprometieron a canalizar esas inquietudes durante la revisión del proyecto.
La carta es firmada además por: Coalición Ambiental del Noroeste (Coanor), Fundación Voces del Camú, Red de Estudios y Empoderamiento Afrodescendientes (Redafro), Fundación de Regreso Consciente al Campo, Junta de Asociación de Campesinos (Jacasa), Coalición Ambiental del Este, Red Socioambiental de la República Dominicana y Comunidad Sana.
También por el Observatorio Nacional para la Protección del Consumidor (Onpeco), Instituto de Abogados para la Protección del MedioAmbiente (Insaproma), Observatorio de Políticas Públicas de la UASD, Sociedad Ecológica de San Cristóbal Amigos de la Cuevas del Pomier, Justicia Climática, Coordinadora de Juntas de Vecinos “Santiago Castro” y Haina Iniciativa para Envejecer Feliz -Taita Mae-.
En cuanto a la modificación del artículo 7, donde se obligaría a los productores, importadores y comercializadores del foam a desarrollar un sistema de gestión de residuos para el aprovechamiento y valorización en combustible y energía, las organizaciones firmantes de la carta advierten que el aprovechamiento y valorización en combustible y energía del polietileno expandido (fon o foam), solo puede lograrse a través de la incineración, ya sea con tecnología de incineración en masa o de pirólisis.
Señalan que «ambas tecnologías, así como todas las formas de incineración, generan sustancias tóxicas dañinas para la salud de las personas y el ambiente. Dentro de las más preocupantes se encuentran las dioxinas, los furanos y metales pesados», puntualizan.
Sostienen que esos tres tipos de sustancias son promotoras de cáncer y otros problemas graves a la salud. Agregan que las dioxinas en específico, son las sustancias más cancerígenas conocidas por la ciencia, ya que estos tres tipos de sustancias son bioacumulables, es decir, se acumulan en los cuerpos de los seres vivos durante todo el tiempo de exposición a los contaminantes.
«Luego estas sustancias se biomagnifican, es decir, aumentan su concentración a medida que se mueven en la cadena trófica (de alimentación). Esto significa que las concentraciones de los contaminantes bioacumulados aumentan progresivamente desde los vegetales hacia los animales herbívoros hacia los animales omnívoros y carnívoros», explican en la carta.
Expresan que los lactantes son quienes reciben las dosis más concentradas de estos contaminantes ya que tienden a adherirse a la materia grasa, componente fundamental de la leche materna. Por tanto, dicen que es completamente desaconsejable establecer la incineración en cualquiera de sus formas como método de gestión de residuos, especialmente cuando se trata de cualquier tipo de plástico.
«La incineración de plásticos (incluyendo los pirólisis para la obtención de combustible) atenta contra los derechos a la salud, a la integridad física y psíquica, a vivir en un ambiente sano y equilibrado, entre otros derechos consagrados en el derecho internacional. Atenta también contra lo establecido en la Constitución de la República Dominicana sobre el deber del Estado de preservar y proteger el ambiente en provecho de las presentes y futuras generaciones», detalla la carta.
Solano, dijo que la mayor preocupación de las organizaciones es que, a pesar de la buena voluntad de los honorables legisladores, este tipo de iniciativas puedan ser utilizadas como bajadero por ciertos sectores industriales que procuraron -y continúan procurando- que en el país no se lo ponga plazo definitivo para la eliminación en la producción y comercialización de este tipo de plásticos llamados “de un solo uso” y cuyos daños a nuestros ecosistemas está más que demostrado.
Llaman a imponer la reducción gradual de las compras de envases desechables no reciclables en los organismos del Estado Dominicano. Estos estarían obligados a incluir un 20% de empaques renovables o reciclables en el primer año y aumentarlo gradualmente hasta el 100% en el tercer año. Con esa simple medida se daría un gran impulso a la industria local de envases biodegradables o reutilizables.
*
A continuación la carta integra:
CARTA PLANTEANDO PROHIBICIÓN INMEDIATA DE PLÁSTICOS DE UN SOLO USO OBJETANDO PROYECTO DE LEY PARA MODIFICAR LA LEY GENERAL DE GESTIÓN INTEGRAL Y COPROCESAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS
Santo Domingo, República Dominicana
FECHA: 27 de diciembre de 2023
A: Alfredo Pacheco, presidente Cámara de Diputados de la República Dominicana
Atención: Honorable Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados
Vía: Diputado José Horacio Rodríguez Grullón
ASUNTO: Objeción propuesta de modificación Ley General de Gestión Integral y
Coprocesamiento de Residuos Sólidos
Honorables Diputados,
Junto con saludar, presentamos formalmente ante ustedes las objeciones al proyecto de ley presentado el 18 de octubre del presente año por el Senador Dr. Bautista Rojas Gomez de la provincia Hermanas Mirabal, para modificar la Ley 225-20, modificaciones aprobadas por el Senado de la República en la sesión del martes 31 de octubre y remitida a este honorable hemiciclo.
Nuestras objeciones se refieren varios aspectos de la propuesta de modificación de la ley, veamos:
Art. 1. Objeto: Fortalecer lo relativo a la producción, importación, comercialización, venta y consumo de plásticos biodegradables, su manejo y procesamiento, con el fin de propiciar un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
Fundamento de la objeción: los plásticos biodegradables no propician un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Al contrario de lo que se cree, los plásticos biodegradables en realidad contienen las mismas sustancias tóxicas que los plásticos convencionales 1 (se calculan alrededor de 3.000 sustancias tóxicas existentes en los plásticos convencionales), pero además contienen sustancias que hacen que se transformen en microplásticos más rápidamente, liberando todo su contenido tóxico al ambiente de manera más rápida que los plásticos convencionales 2.
1 Zimmermann et al 2020. Are bioplastics and plant-based materials safer than conventional plastics? In
vitro toxicity and chemical composition https://pubmed.ncbi.nlm.nih.gov/32951901/
Art. 7 para la adición del artículo 154.5 donde se obliga a los productores, importadores y comercializadores del fon a desarrollar un sistema de gestión de residuos para el aprovechamiento y valorización en combustible y energía.
Fundamento de la objeción: el aprovechamiento y valorización en combustible y energía del polietileno expandido (fon o foam), solo puede lograrse a través de la incineración, ya sea con tecnología de incineración en masa o de pirólisis. Ambas tecnologías, así como todas las formas de incineración, generan sustancias tóxicas dañinas para la salud de las personas y el ambiente. Dentro de las más preocupantes se encuentran las dioxinas, los furanos, y metales pesados.
Estos tres tipos de sustancias son promotoras de cáncer y otros problemas graves a la salud.
Las dioxinas en específico, son las sustancias más cancerígenas conocidas por la ciencia.
Estos tres tipos de sustancias son bioacumulables, es decir, se acumulan en los cuerpos de los seres vivos durante todo el tiempo de exposición a los contaminantes. Luego estas sustancias se biomagnifican, es decir, aumentan su concentración a medida que se mueven en la cadena trófica (de alimentación). Esto significa que las concentraciones de los contaminantes bioacumulados aumentan progresivamente desde los vegetales hacia los animales herbívoros hacia los animales omnívoros y carnívoros. Esto significa que las personas que consuman alimentos producidos bajo los efectos de los contaminantes, recibirán las dosis más concentradas aunque jamás respiren los contaminantes directamente.
Los lactantes son quienes reciben las dosis más concentradas de estos contaminantes ya que tienden a adherirse a la materia grasa, componente fundamental de la leche materna. Por tanto, es completamente desaconsejable establecer la incineración en cualquiera de sus formas como método de gestión de residuos, especialmente cuando se trata de cualquier tipo de plástico.
La incineración de plásticos (incluyendo los pirólisis para la obtención de combustible) atenta contra los derechos a la salud, a la integridad física y psíquica, a vivir en un ambiente sano y equilibrado, entre otros derechos consagrados en el derecho internacional. Atenta también contra lo establecido en la Constitución de la República Dominicana sobre el deber del Estado de preservar y proteger el ambiente en provecho de las presentes y futuras generaciones, para garantizar los derechos individuales y colectivos de uso y goce sostenible de los recursos naturales, el desarrollo y preservación de las distintas formas de vida, del paisaje y la naturaleza.
La promoción de estas tecnologías es incompatible con el objetivo de la Ley General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos N°225-20: prevenir la generación de residuos, fomentar la reducción, reutilización y reciclaje, ya que estas tecnologías se 2 Coalición de Científicos por un Tratado de Plásticos Efectivo. ¿Cuál es la función de los plásticos de base biológica, biodegradables y bioplásticos? https://ikhapp.org/wp-content/uploads/2023/09/SCEPT_Policy_Brief_bio-based_biodegradable_plastics_Espanol.pdf
transforman en un incentivo perverso a la generación de residuos, y un distractor de medidas que realmente aportan a la prevención, reducción, reutilización y reciclaje.
Nuestra mayor preocupación es que, a pesar de la buena voluntad de los honorables legisladores, este tipo de iniciativas puedan ser utilizadas como bajadero por ciertos sectores industriales que procuraron -y continúan procurando- que en el país no se lo ponga plazo definitivo para la eliminación en la producción y comercialización de este tipo de plásticos llamados “de un solo uso” y cuyos daños a nuestros ecosistemas está más que demostrado.
En virtud de lo expresado, proponemos a esta honorable Cámara, lo siguiente:
1) Rechazar o modificar la iniciativa proveniente del Senado y en su lugar impulsar una modificación a la Legislación vigente, en la cual se tome en cuenta el establecimiento de un plazo razonable, de no más de dos años, para prohibir la producción y comercialización del poliestireno expandido (fon o foam), solvetes y/o calimetes de plástico, Igualmente aquellos palitos o barras de plástico usados como soportes de caramelos., bandejas de plásticos denominadas “chicharritas”, bolsas de plástico y todos los artículos plásticos denominados “de un solo uso” tal como lo han hecho muchos países de la región (Chile, Ecuador, Argentina, Perú, Brasil, Colombia, Panamá, entre otros) 3 , sin promover la sustitución por plásticos biobasados, biodegradables o compostables, y prohibir la incineración de residuos plásticos en cualquiera de sus formas.
2) Prohibir en un plazo no mayor de 2 años el uso de elementos que contaminen los procesos de reciclados de envases como el PET, tales como etiquetas o tapas que no sean compatibles con los procesos de reciclado ese tipo de residuos.
3) Imponer la reducción gradual de las compras de envases desechables no reciclables en los organismos del Estado Dominicano. Estos estarían obligados a incluir un 20 % de empaques renovables o reciclables en el primer año y aumentarlo gradualmente hasta el 100 % en el tercer año. Con esa simple medida se daría un gran impulso a la industria local de envases biodegradables o reutilizables.
Organizaciones firmantes:
Alianza Global para Alternativas a la Incineración (GAIA)
Comisión Ambiental de la UASD
Coalición Ambiental del Noroeste (COANOR)
Fundación Voces del Camú
Red de Estudios y Empoderamiento Afrodescendientes (REDAFRO)
Fundación de Regreso Consciente al Campo
3 Maps Global de Leyes sobre Plásticos https://www.plasticpollutioncoalition.org/blog/2023/10/16/global-
plastic-laws-database-launches
Junta de Asociación de Campesinos (JACASA)
Fundación para el Desarrollo integral de la Región Este (FUNDESIRE)
Red Socioambiental de la República Dominicana
Comunidad Sana
Observatorio Nacional para la Protección del Consumidor (ONPECO)
Instituto de Abogados para la Protección del Medio Ambiente (INSAPROMA)
Observatorio de Políticas Públicas de la UASD
Sociedad Ecológica de San Cristóbal
Amigos de la Cuevas del Pomier
Justicia Climática
Coordinadora de Juntas de Vecinos “Santiago Castro”, Haina
Iniciativa para Envejecer Feliz -Taita Mae-.
Contacto e información: Dario Solano, RedAfros; Teléfono: 829-683-5035; Mail: dasolano@gmail.com
*